martes, 19 de agosto de 2008

Derechos del consumidor sin paños tibios

Por Juan José Dalton (ContraPunto)

SAN SALVADOR – Hasta hace poco tiempo no había en El Salvador mecanismos de defensa de los consumidores. Alguien compraba un producto o servicio fallido y como se dicen popularmente, “habría gastado en carburo”... era “mala suerte”, le decían a la hora de reclamar.

Hoy en día está vigente una Ley de Protección al Consumidor (2005), con la que se creó entre otros procedimientos la Defensoría del Consumidor. No obstante, algunas irregularidades y hasta delitos continúan dándose en perjuicio de la población. Sobreprecios en los productos, malos servicios, recargos indebidos... Los abusos apenas son sancionados con “paños tibios”.


Armando Flores, director del Centro de Defensa del Consumidor (CDC), una organización cívica y no gubernamental, explica a ContraPunto lo que considera esencial para reformar la ley vigente, a fin de que tenga “fuerza” y se eviten abusos de “malos empresarios”. En Panamá y en Chile, por ejemplo, existen leyes que protegen debidamente a los consumidores, lo que también hace mejorar y hacer éticas las acciones empresariales.


¿Por qué ve el CDC la necesidad de hace reformas a la ley?

Después de tres años de vigencia de la ley actual vemos que adolece de fuerza y de capacidad, de dientes, para que sea más positiva para los consumidores. Tiene vacíos y limitaciones. Además, necesita avances normativos para que se tome en cuenta lo que tenemos en el mercado salvadoreño, que en algunos pasajes de la economía lo que existe es una constante de abusos de empresas, que se favorecen precisamente por la ausencia de normativas adecuadas para proteger al consumidor.


¿Qué balance se puede hacer de la ley vigente?

Hace tres años dimos un importante paso. La creación de la Defensoría es una muestra de ello, las facultades que tiene por ley son distintas y positivas en comparación a la Dirección de Protección del Consumidor (DPC). Por ejemplo, la Defensoría está haciendo investigaciones, estudios, difunde resultados de sondeos, incluso ha iniciado presentación de demandas judiciales, aunque todavía está por verse el resultado de esa iniciativa; ha emprendido pasos positivos y lo que queremos es dotar al país de una mejor y más eficaz herramienta.


¿Cuáles son las propuestas de ustedes?

La reforma propone, por ejemplo, que la Defensoría tenga como facultad la protección al consumidor contra las alzas inmoderadas de productos y servicios; asimismo la proyección ante cobros por servicios no entregados...


¿Qué significaría eso en términos reales, a la hora de comprar algo cualquier persona?

Actualmente, por ejemplo, los consumidores son víctimas de cobros y de comisiones abusivos de los bancos y de las empresas que otorgan créditos. Se están cobrando comisiones y recargos por créditos otorgados y que como tales no fueron contempladas en el contrato; se cobran servicios distintos a lo contratado. El usuario estaría protegido ante estos abusos.


¿Y sobre alzas de precios?

La Defensoría tendría la potestad de regular los precios no sólo en los casos de emergencia nacional y cuando existan indicios de maniobras o artificios para buscar el alza de precios. Pongo el ejemplo del frijol ya que recién vivimos esa irregularidad para incrementar el precio del frijol. También proponemos el derecho al retracto que existe en otros países. Aquí cuando se compra un producto la gente no tiene ningún espacio para retractarse. Pero el consumidor –si se aprueban las reformas- el consumidor tendría un lapso de 10 días para tener derecho a retractarse.


¿Qué otros nuevos derechos habría para el consumidor?

Hay derechos para proteger a la gente de las acciones que brindan información crediticia y que mantienen a consumidores en listas negras de manera inoportuna; habría disposiciones para los etiquetados de los transgénicos. Se agrega también un cambio histórico al darle al tribunal sancionador de la Defensoría, la facultad no sólo devolverle el dinero a los consumidores en casos colectivos, sino en casos individuales, cuando se comprueben irregularidades...


¿Cómo es esto?

Desde 1992 la Ley de Protección al Consumidor, en el mejor de los casos al aplicarse una violación a la ley, lo que hay es una sanción al proveedor, pero nunca una compensación al consumidor. Eso lo estamos enmendando y proponiendo la corrección. Debe haber un resarcimiento de daños al consumidor. Junto con eso estamos proponiendo el inicio de sanciones colectivas de clase.


¿Qué quiere decir eso?

Se abriría la posibilidad al consumidor del derecho de no sólo usar la Defensoría, sino tener la posibilidad de presentar denuncias en tribunales. Se le otorgaría a la Defensoría y a las asociaciones de consumidores la capacidad de iniciar acciones judiciales cuando se trata de intereses colectivos difusos. Por otra parte, se acabaría lo que se llama el cobro de redondeo hacia arriba: por ejemplo, si en una llamada empleas un minuto y dos segundos, te cobran dos minutos consumidos. Si se aprueba la ley te cobrarían exactamente lo consumido.


¿Seguramente habrá quien diga que esta ley es anti-empresarial?

Lo que estamos proponiendo son disposiciones del Derecho Comparado. En Panamá, en Chile y en otros países ya se reconoce las acciones colectivas de clase ante tribunales. Hemos tomado ejemplos que funcionan y benefician a las sociedades. Estamos claros que en El Salvador hay una actitud de algunos empresarios trogloditas respecto a los derechos del consumidor, pero ya es hora de nuevos y mejores mecanismos. No podemos seguir tocando con paños tibios a malos empresarios.